Ley 1620 de 2013, decreto 1695 de 2013, ley 1732 de 2014: promocionar atender prevenir y dar seguimiento a las situaciones de violencia escolar. La convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. La mitigación y prevención de la violencia escolar.
OBJETIVOS DE LA LEY:
1.
Formación de competencias
ciudadanas
2.
Educación para el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos.
3.
Prevención y mitigación del acoso
escolar o bullying
4.
Prevención y mitigación del ciber
acoso escolar o ciber bullying
5.
Fomentar y fortalecer la educación
por y para la paz, desarrollo de identidad y convivencia escolar
6.
Fomentar mecanismos de prevención,
protección, detección temprana y denuncia de aquellas conductas que atentan
contra la convivencia escolar, ciudadanía y derechos humanos.
CONFORMACIÓN
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR:
RECTOR
PERSONERO
COORDINADOR
PRESIDENTE CONSEJO PADRES Y CONSEJO ESTUDIANTIL
DOCENTE
PSICOLOGO
FUNCIONES
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR:
●
Identificar, documentar, analizar
y resolver los diferentes conflictos que se presentan en la IE.
●
Liderar acciones que fomenten la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos
●
Promover la vinculación de la IE a
estrategias, programas y actividades de construcción de ciudadanía
●
Activar la ruta de atención
integral para la convivencia escolar
RUTAS DE ATENCIÓN INTEGRAL (GUÍA
49 DEL MEN): Define los procesos y los
protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el
sistema nacional de convivencia escolar en todos los casos en los cuales se vea
afectada la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos
de los estudiantes. Son los pasos que se deben seguir para proteger y prevenir
las situaciones que alteren la sana convivencia escolar.
|
SITUACIONES O CONDUCTAS |
ALTERNATIVAS |
SANCIONES |
TIPO 1: LEVES |
situaciones que atentan la disciplina escolar, suelen no ser tan
graves: mal comportamiento, actitud grosera e insultos, irrumpir la clase,
uso no adecuado del uniforme, escribir en espacios no definidos para ese fin,
llegar tarde al colegio ESTAS SITUACIONES NO GENERAN DAÑO AL CUERPO O A LA
SALUD. |
Reunir a las partes involucradas Fijar una forma de solución y realizar un seguimiento al caso con el
fin de reestablecer los derechos de la víctima y propagar la reconciliación |
Amonestación verbal Amonestación escrita |
TIPO 2: GRAVES |
Son los eventos de agresión escolar repetitivos que causen daño a la
víctima sin causar incapacidad alguna: conflictos de agresión por redes
sociales, consumo de tabaco, copia en los exámenes, vender trabajos
escolares, vocabulario soez, venta o distribución de mercancías, una falta
leve repetitiva. |
Se brinda la atención física y mental necesaria. Se remite el caso a las autoridades institucionales
correspondientes. Se adoptan medidas de protección. Se informa a los acudientes Se crea una reunión de arreglo con las partes para reparar los
daños. El comité de convivencia escolar hará un seguimiento al caso. |
Si reincide en las faltas deberá firmar un compromiso de
convivencia. Comité de convivencia hace valoración y da recomendaciones si es
necesario |
TIPO 3: GRAVÍSIMAS |
Casos que específicamente atentan contra la libertad, integridad y
formación sexual de los NNA en los colegios: hostigamiento, acoso,
persecución de un alumno a otro. Provocación de peleas. Ataques con arma
blanca o de fuego, pandillas juveniles, acciones que pongan en peligro la
integridad física y moral de las personas. |
SE INFORMA A LA POLICÍA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA POR TRATARSE DE
CASOS QUE CONFIGUREN DELITOS Se brinda la atención física y mental necesaria. Se remite el caso a las autoridades institucionales
correspondientes. Se adoptan medidas de protección. Se informa a los acudientes Se crea una reunión de arreglo con las partes para reparar los
daños. El comité hará un seguimiento al caso. Reporte sistema nacional de convivencia |
Imposición de reglas de conducta, el juez implantara al joven
infractor ciertas obligaciones y prohibiciones con el fin de regular su
conducta. Prestación gratuita de servicios a la comunidad. Libertad asistida Internación en medio semi cerrado
|
QUE ES EL MANUAL DE CONVIVENCIA: Es
una herramienta donde están todos los acuerdos de convivencia, las normas que
una comunidad educativa debe seguir para garantizar una sana convivencia en
comunidad.
NORMAS: son
deberes o conductas que los miembros de un grupo social deben seguir.
FALTA:
Comportamiento que va en contra de los principios formativos establecidos en el
manual de convivencia y que afecta, ya sea a la persona que exhibe dicho
comportamiento o a cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.
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